– Para evitar la ejecución de determinadas condenas será necesaria una adecuada tramitación de la suspensión.
– Es posible la denominada suspensión condicional de las penas privativas de libertad en los casos en los que operen las siguientes circunstancias concurrentes:
1.- Que la pena tenga una duración no superior a 2 años
2.- Que el condenado haya delinquido por primera vez
3.- Que se hayan satisfecho las responsabilidades derivadas del ilícito penal condenado.
– Las condiciones para la aplicación de la suspensión serán las siguientes:
a.- Que el condenado no delinca en el plazo fijado por el Juez o Tribunal.
b.- Que se de cumplimiento a los deberes u obligaciones adicionales a la pena privativa de libertad.
– De estas gestiones jurídicas depende en muchas ocasiones la libertad del condenado.
– Y en manos de una buena defensa penal se encuentra también esa libertad. Confíe en penalistas expertos de Bufete Velázquez