-Concepto y Características de la Patria Potestad
 
1.- La patria potestad es un sistema de protección, cuidado, asistencia, educación y un medio de suplir la incapacidad.
 
2.- Significa el poder (derecho-deber) global que la ley otorga a los padres sobre los hijos.

3.- Es el conjunto de poderes dirigidos a cumplir unos deberes y obligaciones que la ley impone a los padres.

-Elementos personales de la Patria Potestad
 
1.- Los hijos que están bajo la potestad y los padres a quienes corresponde su ejercicio.

2.-
Si durante la minoría de edad se incapacita a un menor, la patria
potestad se prorroga por ministerio de la ley al llegar a la mayor edad
(patria potestad prorrogada).

3.- La patria potestad se ejercerá
por ambos progenitores conjuntamente, o por uno solo con el
consentimiento expreso o tácito del otro.

4.- El ejercicio de la
patria potestad del menor emancipado sobre sus hijos con la asistencia
de sus padres y a falta de ambos, de su tutor.

-Contenido
Constitucional de la Patria Potestad: La propia Constitución Española,
en su art. 39.3, ya señala las funciones de los padres diciendo que:
“Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos
fuera y dentro del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás
casos en que legalmente proceda”.

-Contenido legal de la Patria Potestad: El Código Civil señala el catálogo de deberes y facultades de los padres:

1.    Velar por los hijos

2.    Tenerlos en su compañía

3.    Alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral

4.    Corregirlos moderada y razonablemente

5.   
Para cumplir estos deberes y facultades, los padres podrán en el
ejercicio de la patria potestad recabar el auxilio de la autoridad.

6.    Los padres habrán de oír a los hijos para adoptar las decisiones que les afecten (STS 25 de junio de 1994).

-Exclusiones de la Patria Potestad:

El
progenitor quedará excluido de la patria potestad y demás funciones
tuitivas y no ostentará derechos por ministerio de la Ley respecto del
hijo o sus descendientes, cuando:

1.- La filiación haya sido judicialmente determinada contra su oposición.

2.- El padre se opuso a la demanda de reconocimiento de filiación.

3.- El padre obstaculizó la práctica de la prueba biológica 

-Los deberes y facultades de los hijos:

1.- Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre.

2.-Contribuir según sus posibilidades al levantamiento de las cargas de la familia mientras conviva con ella.

3.- Ser oídos antes de adoptar decisiones que les afecten, si tuvieren suficiente juicio.
 
4.- Tienen derecho a relacionarse con sus padres, parientes y allegados.   

 
-Casos de Extinción de la Patria Potestad:
 
1.    La muerte o la declaración de fallecimiento de los padres;

2.    La muerte o la declaración de fallecimiento del hijo;

3.    La emancipación del hijo;

4.    La adopción del hijo.

-Causas de Privación del derecho-deber a la Patria Potestad:
 
1- Por Sentencia fundada en incumplimiento de deberes inherentes a la misma.
 
2- Por Sentencia dictada en causa criminal.
 
3- Por Sentencia dictada en causa matrimonial.
 

-La patria potestad, como derecho-deber de los progenitores sobre sus hijos, requiere una permanente asistencia jurídica.

-Especialmente
en los casos de reclamación de derechos o de cumplimientos de
obligaciones derivados de la patria potestad, disponemos de expertos
abogados de Familia que sabrán asesorarle y tramitar su caso.

-También
la patria potestad podrá ser objeto de suspensión e incluso de
supresión en determinados casos, que en todo caso habrá que probar con
los medios jurídicos precisos, al tratarse de un derecho fundamental de
la persona. Consúltenos, somos expertos. Bufete Velázquez.

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