El fallo detectado por la Audiencia Nacional obliga a rebajar de 5 a 3 años de cárcel las penas por actos de ‘kale borroka’
Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.
El Ministerio de Justicia pretende que en la próxima reforma del Código Penal se corrija el error que la Audiencia Nacional detectó en la penalización del delito de daños terroristas.
Alberto Ruiz-Gallardón tiene la intención de incluir en el nuevo Código Penal la pena de prisión permanente revisable para casos de especial gravedad, entre los que se encuentran los mencionados delitos de terrorismo. De este modo se intentará reparar el fallo que obliga desde ahora a rebajar de cinco a tres años la pena de los actos de ‘kale borroka’.
En un auto en el que se revisa a petición de la defensa la situación de un condenado por este delito, Aliande Hernández, los magistrados señalan que los artículos 263, 264 y 266 no establecen una pena agravada en el caso de que los daños cometidos sean de tipo terrorista.
En esta situación, los daños ordinarios y los terroristas llevan aparejada en el Código Penal la misma pena, de tres años, mientras que «los informáticos con incendio» sí revisten pena agravada de hasta cinco años.
Los tres jueces concretaban en el auto que en la redacción del texto legal se sufrió «un error» y se relacionó el tipo agravado con la quema de ordenadores cuando lo que se pretendía era aparejarlo a los actos de tipo terrorista, ya que entienden, que los delitos informáticos habitualmente se llevan a cabo con el uso de la “ciencia informática” y no a través de la quema de ordenadores.
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