La Audiencia de Barcelona ha confirmado la nulidad de las cláusulas suelo por considerarlas abusivas, sentencia declarada por el Juzgado Mercantil 10 de Barcelona, que condena a NCG Banco S.A. a eliminar dichas cláusulas de la hipoteca de una pareja.
Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.
Según dice la sentencia, la cláusula suelo de dicho contrato, impedía que la cuota a pagar estuviera por debajo del 4,25%, lo cual resulta abusivo y beneficia al banco prestamista.
La conclusión para el juez es que en el proceso de formación no se facilitó a los contratantes la pertinente información sobre la cláusula y sus verdaderas condiciones. Por ello, ha considerado que con las «exigencias de buena fe” no fueron cumplidas por la entidad bancaria.
De este modo, anula la cláusula abusiva del contrato, condena a la entidad a devolver a los afectados las cantidades pagadas en aplicación de la cláusula hasta la fecha en la que fue interpuesta la demanda, y además a pagar los intereses legales de demora sobre las cantidades devueltas.
En el recurso, la entidad bancaria alegó que, para tener conocimiento de la cláusula que se les iba a aplicar, los afectados habían tenido varias ocasiones: al saber las condiciones del préstamo, al recibir la oferta vinculante, en la revisión de la notaría y al autorizarla por el mismo notario. Las víctimas lo negaron ante el juez y afirmaron no haber tenido constancia de la imposición de cláusulas.
Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.