Se otorga la pensión de invalidez a una enfermera al unificar su cotización en tres países

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director.

Una sentencia del Juzgado de los Social Nº 9 de Barcelona reconoce a una enfermera el derecho a cobrar una pensión de invalidez debido a su situación de incapacidad permanente absoluta ya que desde el 2007 padece esclerosis múltiple, para lo cual la Ley exige acreditar 15 años de cotización.

La enfermera al solicitar la reclamación no estaba dada de alta en la Seguridad Social y aunque en España solo acreditó 1.143 días, el juez ha contabilizado los 3.408 y 1.061 días de Suiza y Reino Unido. El Juez entiende de este modo que España está obligada por los convenios internacionales a contabilizar todos los periodos acreditados en distintos países.

No obstante, el juez desestima la incapacidad permanente en grado de gran invalidez que reclama la enfermera, reconociendo solo la incapacidad permanente absoluta para toda la actividad.

De este modo, le concede una pensión del 20,36% de la base reguladora de 152,53 euros y obliga a la Seguridad Social a pagarle la prestación con los mínimos, mejoras y revalorizaciones pertinentes.

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