Gabinete Comunicación Bufete Velázquez. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso Edita César Tomás Martín . Abogado SocioDirector
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por un hombre que solicitó que se revocara la pensión compensatoria de 600 euros que pasaba a su ex mujer ya que esta había heredado de su padre, considerando que ello suponía la desaparición de la situación de desequilibrio que había motivado la concesión de la pensión.
El Alto Tribunal no admite el recurso al considerar que una herencia no siempre constituye una alteración sustancial de la situación económica de la persona, así como que en este caso la ex mujer había heredado un piso y una plaza de aparcamiento cuyo usufructo correspondía a su madre.
Añade que lo esencial en un caso como este es valorar la entidad de la herencia en el plano económico, es decir, la disponibilidad del heredero sobre los bienes que conforman la herencia y la posibilidad efectiva de rentabilizarlos económicamente.
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Edita: César Tomás Martín Abogado
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