En algunos países existe un tipo de condena llamada cadena perpetua, que como su propio nombre indica consiste en una condena de la máxima duración posible. Pero ¿existe la cadena perpétua también en España? Vamos a responder a esta duda.
El sistema penal español está configurado en base a una serie de principios, siendo uno de ellos la reinserción del preso en la sociedad. Se pretende que quien ha cometido un delito pueda reeducarse y volver a ser un miembro útil de la sociedad. Por otra parte, la Constitución Española indica en su artículo 25 que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados.
Con estos detalles podemos intuir que la cadena perpetua no es posible en sentido literal en España, por lo que no podría aplicarse. En este sentido estamos en consonancia con el resto de países de la Unión Europea, donde o bien no existe o si lo hace es de forma puramente simbólica.
Tras la reforma del Código Penal en 2015 se introdujo la prisión permanente revisable, que permite una condena de mayor duración pero a la par garantiza los principios que acabamos de señalar.
¿En qué casos puede aplicarse la prisión permanente revisable?
La prisión permanente revisable está pensada para los delitos de mayor gravedad y solo se puede aplicar en supuestos tasados, tales como los siguientes:
- Asesinatos en los que concurren agravantes (por ejemplo, aquellos donde la víctima es menor de 16 años o es una persona especialmente vulnerable);
- Delitos contra la Corona;
- Delitos de genocidio y de lesa humanidad;
- Delitos cometidos por miembros de una organización criminal;
- Etc.
Esperamos que esta información haya sido de su interés. Si tiene alguna duda en el ámbito Penal le recordamos que puede contactar con nuestro equipo en cualquier momento. Nuestro Despacho de abogados penalistas de Madrid cuenta con experiencia profesional en varios campos del Derecho y está para ayudarle en todo lo que precise.