–  El Sobreseimiento es la resolución judicial que pone término al procedimiento penal,sobreseimiento definitivo, o bien, suspende o paraliza el proceso por ciertas y determinadas causales legales, sobreseimiento temporal.

–   El Sobreseimiento puede ser también, total o parcial dependiendo si refiere a todos o alguno de los imputados o delitos de un proceso.

–   Las clases de sobreseimiento son:

            1.- Libre: Se produce cuando no se da el hecho o se desvanecen los indicios de que ese hecho presuntamente constitutivo de delito  pudiera en realidad  existir, o que sus             autores presuntos actuaron exentos de responsabilidad.

          2.- Provisional: Cuando solamente existen dudas sobre la existencia de los hechos o de la responsabilidad penal de los imputados, dando lugar a la mera suspensión del             proceso sin que se produzca en ningún caso el efecto de cosa juzgada.

            3.- Parcial: Permitirá abrir juicio oral por unos hechos o contra determinadas personas no afectadas por este sobreseimiento.

            4.- Total: Se mandará archivar la causa y las piezas de convicción, después de haberse realizado las diligencias y actuaciones para lo mandado.

–   El fin y principal objetivo de toda defensa penal es el sobreseimiento del defendido

–   El sobreseimiento es la salida natural del inocente en todo procedimiento penal.

–   Saber cómo solicitar y defender el sobreseimiento, ya sea libre o provisional, es una de las muestras más evidentes de la eficiente defensa penal.

–   Nuestro Equipo de penalistas de Bufete Velázquez saben cómo tratar el sobreseimiento.

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