– El Sobreseimiento es la resolución judicial que pone término al procedimiento penal,sobreseimiento definitivo, o bien, suspende o paraliza el proceso por ciertas y determinadas causales legales, sobreseimiento temporal.
– El Sobreseimiento puede ser también, total o parcial dependiendo si refiere a todos o alguno de los imputados o delitos de un proceso.
– Las clases de sobreseimiento son:
1.- Libre: Se produce cuando no se da el hecho o se desvanecen los indicios de que ese hecho presuntamente constitutivo de delito pudiera en realidad existir, o que sus autores presuntos actuaron exentos de responsabilidad.
2.- Provisional: Cuando solamente existen dudas sobre la existencia de los hechos o de la responsabilidad penal de los imputados, dando lugar a la mera suspensión del proceso sin que se produzca en ningún caso el efecto de cosa juzgada.
3.- Parcial: Permitirá abrir juicio oral por unos hechos o contra determinadas personas no afectadas por este sobreseimiento.
4.- Total: Se mandará archivar la causa y las piezas de convicción, después de haberse realizado las diligencias y actuaciones para lo mandado.
– El fin y principal objetivo de toda defensa penal es el sobreseimiento del defendido.
– El sobreseimiento es la salida natural del inocente en todo procedimiento penal.
– Saber cómo solicitar y defender el sobreseimiento, ya sea libre o provisional, es una de las muestras más evidentes de la eficiente defensa penal.
– Nuestro Equipo de penalistas de Bufete Velázquez saben cómo tratar el sobreseimiento.