-El Derecho de franquicia es el precio del acceso de un empresario en una red o cadena de establecimientos o sedes de comercialización del producto o servicio objeto de la Franquicia.

-Se puede definir el “Derecho de Franquicia” como el canon o derecho de entrada:

1.- Es una cantidad fija que el franquiciador exige al franquiciado para poder entrar a formar parte de la cadena.

2.- Este derecho siempre tiene naturaleza económica

3.- No es reembolsable al fin de la Franquicia

4.- Aunque el uso y destino de este canon se presume se dirija al sostenimiento de la estructura de la firma franquiciadora, la gestión es libre para el franquiciador.

5.- Es un coste empresarial para el franquiciado y un ingreso de explotación comercial para el franquiciador, por lo que dispone de los efectos jurídico-tributarios propios de esas naturalezas.

6.- Es posible que el Franquiciador permita su satisfacción en forma de aval u otras garantías.

-El importe del derecho de franquicia depende de las condiciones de cada franquiciador, si bien su importe suele calcularse en función del importe o valor estimativo de la inversión total de implantación de la franquicia, en un porcentaje que suele rondar el 10% de esta.

-La protección jurídica del Franquiciado y del Franquiciador depende de la redacción de un buen contrato, especialmente personalizado a su empresa, a su implantación comercial y a sus características de negocio. Bufete Velázquez dispone de abogados expertos. Consúltenos.

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