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La Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles ha sido aprobada por el Congreso, siendo los conflictos familiares, como los resultantes del divorcio, uno de sus ámbitos de aplicación.

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director

El Pleno del Congreso aprobó el día 8 de Junio definitivamente el proyecto de Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles, a través de la que se introducen nuevos mecanismos para la resolución de conflictos sin necesidad de acudir a los tribunales. Esta Ley pretende descargar de trabajo a los juzgados y agilizar los procesos. La iniciativa se ha aprobado finalmente con las enmiendas introducidas en el Senado, entre las cuales se encuentran las encaminadas a reforzar el cumplimiento del requisito de la formación de los mediadores. La nueva ley pone a disposición de los ciudadanos nuevos sistemas de mediación en el ámbito civil. Uno de los ámbitos habituales de aplicación es la mediación familiar, que ofrece a las familias la posibilidad de recibir los servicios de un profesional de la mediación para que les ayude a llegar a acuerdos, especialmente en casos de separación o divorcio. El proyecto contempla que las actuaciones de mediación puedan llevarse a cabo por medios electrónicos, videoconferencia u otra forma de transmisión de la voz o la imagen. Asimismo, la normativa detalla que los procedimientos de mediación deberán garantizar «la igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad con la utilización del lenguaje de signos o el braille». Por otra parte, el texto también recoge una enmienda a la ley de acceso a la Abogacía, que entró en vigor en noviembre del año pasado, que exime a todos los licenciados en Derecho del máster que se exigirá a los graduados para colegiarse. El texto final aprobado por el Congreso prevé que el Gobierno remita a las Cortes Generales, en el plazo de dos años, un informe en el que se evalúen los efectos de las medidas previstas en esta ley. La iniciativa establece que el usuario pagará un coste si decide acudir a esta vía para agilizar la resolución de aquella controversia que mantenga con la otra parte.

Edita: Gabinete de Comunicación Bufete Velázquez 27. Editor César Tomás Martín, Socio Director

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