La Navidad es una de las épocas más importantes del año, tanto para los padres como para los niños. No es infrecuente que en estas fechas surjan dudas o disputas si los progenitores tienen asignada la custodia compartida del menor. ¿Cómo se resuelve este tema? A continuación explicamos las claves.
La custodia compartida es la fórmula legal por la cual se comparte el cuidado y atención del niño entre los progenitores. Todo establecimiento de una custodia debe venir señalado en el Convenio Regulador, y debemos tener en cuenta que no existe un modelo único: cada caso es distinto y estudiado de forma individualizada por el Juez. Con respecto a las fechas especiales, como la Navidad, pueden darse dos casos:
- La primera opción que puede darse es que los padres lleguen a un acuerdo sobre estas fechas. Esto es sin duda lo más deseable, ya que ahorrará quebraderos de la cabeza tanto a ellos como a los niños.
- La segunda opción es que no haya acuerdo entre los progenitores. En tal caso, la jurisprudencia suele establecer dos periodos de disfrute de este periodo: el primero abarca desde el inicio de las vacaciones hasta el 30 de diciembre y el segundo desde el 30 de diciembre hasta que los niños comienzan las clases. De esta forma, los niños pasarían un periodo con cada uno de los progenitores.
Como abogados matrimonialistas de Madrid especializados en custodia compartida, somos conscientes de lo importante que es la opinión y el bienestar del menor. Es muy importante recordar que estas fechas están llenas de magia e ilusión para los más pequeños, por lo que cualquier decisión debería acordarse dentro de un ambiente cordial y de respeto.
En cualquier caso si existen dudas, recuerde que puede hacer una consulta con nuestro Despacho de abogados en cualquier momento y estudiaremos su situación.